Internación domiciliaria
Gestiona su autorización profesional del Servicio de Internación.
Seleccione el prestador y contáctelo con la indicación del médico tratante.
Listado de Servicio de Internación
Internación en Institución en el ámbito de la provincia de La Pampa
El servicio convenido con los establecimientos públicos y privados.
Habitación compartida (doble). Incluye: atención de médico de guardia, enfermería, pensión, material descartable, estudios (algunos pueden tener copago a cargo del afiliado)
Prestaciones Ópticas
Se reconocerán por año y por afiliado, cristales o lentes (no ambos).
La autorización se gestiona desde la misma óptica.
Cristales
Se reconocerá anualmente hasta dos (2) cristales de cerca, por afiliado, por año y hasta dos (2) cristales de lejos, por afiliado, por año.
O en su defecto, hasta dos (2) cristales en concepto de lentes bifocales / ocupacionales / multifocales, por año.
Armazones
Se reconocerá un (1) armazón general por afiliado, cada 3 años
Armazón Niños menores de 16 años
Un (1) armazón reforzado niños por afiliado, cada 2 años.
SEMPRE brinda la atención, a través de la contratación de un grupo de especialistas, en General Pico y en Santa Rosa.
Los turnos pueden gestionarse en forma directa por nuestra página web.
En Santa Rosa, además, tienen residencia la Dra. Scovenna Cecilia y la Dra. Payeras Andrea, por lo que realiza atención presencial. Usted debe concurrir a la visita con la credencial de la Obra Social y abonar directamente al profesional el coseguro de la consulta.-
SEMPRE ha podido satisfacer las necesidades de sus afiliadas y afiliados con requerimiento de la especialidad reumatología, a través de la contratación de la Doctora Micaela Cosatti, que atiende en los Consultorios SEMPRE sitos en Pellegrini 460, de la Ciudad de Santa Rosa. Para consultas comunicarse al teléfono 02954-383600 interno 8782 en horario de mañana, de 07:30 a 13:30hs de lunes a viernes (días hábiles). Se recuerda concurrir a la consulta con los estudios previos realizados y el carnet de la Obra Social.-
UNA NUEVA CONCEPCIÓN DE COBERTURA EN MEDICAMENTOS
Prescripción por nombre genérico y libre elección de la marca
SEMPRE establece una cobertura de un monto fijo por monodroga y no por marca comercial. Otorgándole a sus afiliados y afiliadas una libre elección de marca al momento de la compra, lo que determinará el costo a su cargo. Consulte la cobertura de su medicamento y las opciones de compra en el siguiente Formulario Terapéutico. Recuerde que siempre debe respetarse lo indicado en la receta: Principio Activo (monodroga), Presentación y Dosis.
Este es un programa que atiende las necesidades sanitarias de cada afiliada o afiliado, organizado con el objetivo de acceder a medicamentos de uso habitual o prevalente, destinados a tratar problemas de salud agudos (uso eventual) y/o crónicos (uso permanente o recurrente)
Para acceder a la cobertura de medicamentos crónicos, deberá enviar foto por WhatsApp al 2954-821979 de la planilla para patologías crónicas que completa el médico tratante. Una vez realizada la evaluación técnica, las autorizaciones se reflejarán directamente en el sistema que SEMPRE comparte con las farmacias de la provincia de La Pampa dentro de las 72 horas hábiles siguientes.
En el caso de no poder autorizar la medicación, los auditores de SEMPRE lo contactarán dentro de las 72 horas hábiles a partir de la recepción del pedido.
. Formulario Terapéutico – medicamentos incluidos – valores reconocidos. (RES GRAL 849 FT y ANEXO - 01-03-2020)
. Recomendaciones de uso. RECOMENDACIONES DE USO 2020
. Última actualización (FT a partir del 01/03/2020). Resolución Gral. 849/20
Consultar aquí.
SEMPRE autorizara las derivaciones de sus afiliados a prestadores convenidos fuera de la provincia de La Pampa, cuando la complejidad de la patología o prestación a realizar no pueda ser resuelta en el medio local.
La misma debe ser requerida por un profesional médico del ámbito local, con especialidad habilitada acorde a la patología que motiva la derivación. Cuando no exista en el medio local médico especialista para la patología de derivación, Auditoria Medica asignara qué tipo de profesional médico es acorde para solicitar la derivación.
Autorizada la misma, este SEMPRE otorgara un monto por compensación parcial de gastos de traslado (se depositará en la cuenta del titular) y cobertura de estadía para los afiliados que son derivados a Centros de Atención Especializados fuera de la provincia, con ajuste a las normas que regulen dichas prestaciones.
Se reconocerá por afiliado derivado, la posibilidad de un acompañante según evalúe nuestra Auditoria Medica y por la patología que justifique. No se reconocerán como acompañantes a:
Se reconocerá por afiliado derivado, la posibilidad de un segundo acompañante:
PARA ACCEDER A ESTA PRESTACION, USTED DEBERA PRESENTAR A derivaciones@sempre.isslp.gov.ar:
Se adjunta en este link el listado de alojamientos convenidos con SEMPRE refiriendo los servicios que ofrece cada uno, domicilio y contacto correspondiente.
PRESTADOR OPTADO
Las solicitudes de derivación a centros de asistencia y/o prestadores especializados, no ofrecidos por SEMPRE, denominados “PRESTADOR OPTADO”, solo se reconocerán de corresponder técnica y administrativamente, por vía de REINTEGRO. Tanto para las prestaciones médicas, como para todo aquello derivado de las mismas y los servicios accesorios, como es alojamiento y compensación de gastos de traslado.
En tales casos, esta obra social reconocerá hasta un valor equivalente al acordado con el prestador ofrecido para la patología del afiliado, descontando el coseguro en caso de corresponder.
Para acceder a dicho reintegro, el afiliado deberá presentar la documentación que establezca SEMPRE dentro de los 60 días de realizada la prestación. -
CONVENIOS INTERPROVINCIALES
El Departamento Afiliaciones es el encargado de recibir y entregar todas las cartas de presentación para afiliados en otras jurisdicciones provinciales, como así también la entrega de carnet a los afiliados que vienen de otras provincias.
EL CARNET DE SEMPRE SOLO LO HABILITA PARA:
> Retirar Bono-Consulta en las Farmacias.
> Concurrir a Consulta Médica.
> Adquirir Medicamentos de uso abierto del Formulario Terapéutico SEMPRE, y los de uso normalizado y crónicos con autorización previa de la Obra Social.
> Realizarse Practicas Medicas, Bioquímicas, Odontológicas, etc., incluidas en el Nomenclador SEMPRE y que no requieran autorización previa.-
> Practicas de Alta Complejidad y no Nomencladas: se autorizaran siempre que la Obra Social de Origen las autorice.
> NO SE RECONOCERAN: Medicamentos y/o Prácticas por vía de excepción, no incluidas en el Nomenclador SEMPRE.
> NO SE ENTREGARAN PLANES ESPECIALES.
Residentes y Estudiantes fuera de la provincia de La Pampa:
Convenios de Reciprocidad
Córdoba Capital
Rio Cuarto
Provincia de Buenos Aires
Bahía Blanca
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR |AFILIADOS DE SEMPRE QUE SE RADICAN EN OTRA PROVINCIA
ESTUDIANTES
Nota del afiliado titular solicitando la cobertura médica para su hijo.
Certificado de alumno regular.
Si el afiliado indirecto ya se encuentra afiliado en condición de estudiante (mayor de 21 años), no será necesario que presente otro certificado de alumno regular.
Vencimiento: 30 de abril del año próximo.
RESIDENTES
Nota solicitando cobertura médica (descargar modelo)
Copia de documento autenticada donde conste ultimo domicilio.
Carnet de SEMPRE en caso de que corresponda.
Vencimiento: 31 de diciembre del año en curso.
LIMITROFES
Nota de solicitud de cobertura médica asistencial
Vencimiento: 31 de diciembre del año en curso.
EN OTRA SITUACION
Nota de solicitud de cobertura médica asistencial explicando el motivo de la misma
Vencimiento: 31 de diciembre del año en curso.
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