CONVENIOS INTERPROVINCIALES
Con el fin de garantizarle a nuestros afiliados cobertura médica fuera de los límites de La Pampa, se firmaron y están vigentes convenios interprovinciales con las obras sociales de distintas provincias por medio del Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina (COSSPRA).
La Obra Social Prestadora, que es quien recibe al afiliado SEMPRE, brindará atención médica según su condición de “Residente, Estudiante residente, en Tránsito, Derivado o en otra situación”, de acuerdo a lo pautado en el respectivo convenio de reciprocidad.
Además de los convenios con las Obras Sociales Provinciales, el Servicio Médico Previsional tiene convenios individuales con Centros de Salud en provincias limítrofes
Afiliado con domicilio permanente en localidad limítrofe, que por razones de distancia, solicite prestaciones en otra provincia.
Consulte lugares de atención en el Sudeste, Sudoeste o Noroeste provincial.
contacto: convenios@sempre.isslp.gov.ar
Afiliado del grupo familiar, mayor de edad (hasta 25 años) que residan y curse estudios regulares oficialmente reconocidos y acredite anualmente la calidad de Alumno regular con Certificado extendido por la casa de estudio.
¿Cómo activar el convenio?
El afiliado titular deberá enviar su solicitud junto al certificado de Alumno Regular con fecha actualizada.
Una vez analizada la solicitud, se remitirá por correo electrónico el documento que deberá ser presentado en la Obra Social Prestadora, para que puedan darle de alta en el padrón de afiliados, en los casos que corresponda según sea el convenio otorgado.
En estas ciudades Capital Federal, Córdoba, Río Cuarto y Bahía Blanca. la prestación se brinda a través de Instituciones y profesionales adheridos.
Una vez recepcionada y analizada su solicitud recibirá por correo electrónico la confirmación del convenio.
El afiliado tendrá acceso a las prestaciones hasta el 30 de Abril.
IMPORTANTE: Recuerde que la renovación es anual, y para su renovación solo debe enviar el Certificado de Alumno Regular ACTUALIZADO al inicio del año lectivo, con fecha límite 30 de Abril
contacto: convenios@sempre.isslp.gov.ar
Afiliado que circunstancialmente se encuentre en jurisdicción de otra obra social. Gozará de cobertura asistencial cuando necesite atención de urgencia/emergencia. Se considera urgencia/emergencia aquella situación previamente acreditada por un profesional médico, en que se torne imprescindible la asistencia médica inmediata e impostergable.
Imprima su carta en tránsito aquí
contacto: convenios@sempre.isslp.gov.ar
Integrantes del grupo familiar que se hayan radicado en otra provincia, mientras el titular mantiene domicilio en jurisdicción de la obra social de origen.
¿Cómo solicita la extensión de cobertura?
El afiliado titular deberá enviar la solicitud junto al copia DNI a convenios@sempre.isslp.gov.ar Informando las causales o razones de su solicitud.
Una vez analizado, se remitirá por correo electrónico el documento que deberá ser presentado en la Obra Social Prestadora, para que puedan darle de alta en el padrón de afiliados, en los casos que corresponda.
El afiliado tendrá acceso a las prestaciones que se encuentren incluidas en el menú prestacional de la Obra Social Prestadora, por el lapso de tiempo que establezca la carta. Recuerde que la renovación es anual, Agende la fecha de vencimiento de la carta para poder gestionar 20 días antes la renovación del convenio. Simplemente nos envía un email solicitando la renovación con los datos completos de/de los afiliados residentes fuera de la provincia.
Documentación a presentar para Afiliados de SEMPRE que se radican en otra provincia.
- Nota del afiliado titular solicitando la cobertura médica para su hijo.
- Certificado de alumno regular de una institución oficial.
IMPORTANTE: para mantener activo el convenio deberá enviar cada año, a l inicio escolar el Certificado de alumno regular ACTUALIZADO.
contacto: convenios@sempre.isslp.gov.ar
- Nota solicitando cobertura médica (descargar modelo)
- Copia de documento autenticada donde conste ultimo domicilio.
- Carnet de SEMPRE en caso de que corresponda.
- Vencimiento: 30 de noviembre del año en curso.
contacto: convenios@sempre.isslp.gov.ar
- Nota de solicitud de cobertura médica asistencial
- Vencimiento: 30 de noviembre del año en curso.
contacto: convenios@sempre.isslp.gov.ar
- Nota de solicitud de cobertura médica asistencial explicando el motivo de la misma
- Vencimiento: 30 de noviembre del año en curso.
contacto: convenios@sempre.isslp.gov.ar