El empleador debe afiliar o denunciar dentro del plazo de treinta (30) días corridos, a contar del comienzo de la relación laboral al personal comprendido en el presente sistema.”
(*) En caso de no poder cumplimentarlo dentro de los treinta (30) días corridos de iniciada la relación laboral, solicitar por nota prórroga para su presentación.
Debe remitir al I.S.S., debidamente cumplimentada, la documentación de afiliación de su personal, en el plazo señalado en el inciso anterior…”
Las obligaciones citadas precedentemente, se darán por cumplidas mediante la presentación de la siguiente documentación:
El trámite de afiliación quedará concluido con el envío, dentro de los treinta (30) días corridos de iniciada la relación laboral, de los formularios:
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